El Derecho Informatico

El Derecho Informatico

viernes, 13 de mayo de 2016

Delitos Informáticos


En nuestro país fue hasta el a~o de 1999 en que se incorporo a la legislación punitiva los delitos informáticos, aunque cabe destacar que diversos ordenamientos comprenden algunas figuras lesivas genéricas en las que bien se puede integrar conductas delictivas llevadas a cabo por el uso de Internet.

El Internet es una red de computadoras conectadas entre si. Esta red permite el intercambio de información. A fin de poder intercambiar información entre diferentes computadoras ubicadas en distintas partes del mundo. Este intercambio de información crea un universo virtual por lo mismo de que es virtual no tiene la localización fija, esto es, no se puede ubicar el lugar en donde se asienta.

El Internet es como un vehículo no tan solo de la información, sino de medios para llevar a cabo actos de comercio como compras, rentas, arrendamientos y de mas, ha proporcionado una revolución en el mundo entero. Pero así como tiene cosas positivas también negativas, el Internet también representa un gran reto y problema, ya que ha sido también utilizado para llevar a cabo conductas que han propiciado en el menor de los da~os intromisión a la privacidad de las comunicaciones y han causado en algunos casos graves da~os al patrimonio de las personas.

La red se integra por diferentes actores que son:
1. El usuario: Persona física o jurídica que mantiene la pagina, el titular y el encargado de la pagina.
2. El proveedor de acceso: Es la empresa que se dedica a conectar a los usuarios individuales a la red a cambio de un precio o canon.
3. El proveedor de alojamiento housing: Aquella empresa que destina parte de su sistema o de su espacio virtual para alojar la pagina de una persona. Quien brinda el housing y/o housting puede estar en cualquier lugar del mundo.

Un usuario que acceda al servicio de Internet en los Estados Unidos de Norte América, puede estar llevando a cabo conductas delictivas que se ejecuten materialmente en un diverso país, esa situación dificulta, desde luego la aplicación del derecho penal, porque por principio y fin de cumplir con el marco normativo básico, se debe establecer la existencia del delito, tiene que identificarse al sujeto activo y por lo mismo que es el Internet este es un aspecto muy complicado.

Es indispensable crear un manual de comportamiento del usuario, manual que no debe limitarse a un estado nacional, sino a un plano internacional ya que hay gran disparidad de culturas, edades, educaciones que cada quien tiene una mentalidad diferente respecto a esos aspectos antes mencionados, para desmotivar en principio, conductas reprobables, asi como conductas lesivas.

Todos sabemos que es el spaming, lo vemos mucho en nuestros correos electrónicos, que en si el spaming es el correo no deseado. En nuestro país se pretende a partir de la protección al consumidor obligar al proveedor de servicios a respetar la decisión del consumidor de no recibir avisos comerciales. En Estados Unidos, se creo la ley federal de control del ataque de pornografía y marcketing no solicitado. El único contenido de Internet prohibido y sancionad en nuestro país es el de la pornografía infantil, cosa que es bueno que este regulado pero existen muchos delitos que encontramos en el Internet que no se encuentra regulado y por lo mismo los sujetos activos salen impunes.

Un gran problema que tenemos en nuestra legislación es que no se encuentra restringido la penalizacion de los ilicitos que se cometen a través del Internet a un solo ámbito; sin embargo, a nuestro juicio y por razones de globalizacion que existe en el Internet y en su uso por muchas personas de diversos países es que deben de ser los delitos ciberneticos de orden federal.



En México, ya existe una unidad especializada en delitos informáticos de la Procuraduria General de la República, que son conocidos como policías ciberneticos. Pero debe de haber una ley especial en la que de modo sistematizado aglutinen las diferentes conductas lesivas. También consideramos de especial relevancia, la formación del juez de instruccion que deba conocer de los delitos de dicha índole, su preparación debe ser acorde a la nuevas tecnologías y a demás contar con expertos en informática como un apoyo.

Por delito informático, suele entenderse toda aquella conducta ilícita susceptible de ser sancionada por el derecho penal, consistente en el uso indebido de cualquier medio informático.

La Organización de las Naciones Unidas, reconoce como delitos informáticos las siguientes conductas:
1. Fraudes cometidos mediante manipulación de computadoras:
- Manipulación de los datos de entrada.
- Manipulación de programas.
- Manipulación de datos de salida.
- Fraude efectuado por manipulación informática.
2. Falsificaciones informáticas:
- Utilizando sistemas informáticos como objetos.
- Utilizando o modificaciones de programas o datos computarizados.
3. Da~os o modificaciones de programas o datos computarizados.
- Sabotaje informático.
-Virus.
- Gusanos.
- Bomba lógica o cronológica.
- Acceso no autorizado a sistemas o servicios.
- Piratas informáticos o hackers.
- Reproducción no autorizada de programas.

Como podemos ver nosotros mismos escuchando las noticias o con tan solo navegar en Internet nos damos cuenta de la cantidad de delitos que existen y que no están regulados o no hay una ley especial que los regule y sancione, en ese aspecto de legislación y el ámbito de competencia que deben de tener los jueces para conocer sobre este tema en especifico nos falta mucho avanzar, ya que con el paso del tiempo se van creando delitos nuevos que ni siquiera están regulados y les pasa a muchas personas indefensas que no tienen los medios para defenderse. 




No hay comentarios:

Publicar un comentario